De esta forma, la carencia se convierte para la aseguradora en una garantía de que el tomador no va a contratar la póliza para cubrir un determinado problema o enfermedad y una vez solucionado cancele el contrato. No obstante, no todos los seguros tienen periodo de carencia ya, por ejemplo, el de automóvil no suele incluirla.
Carencia en el seguro de Salud
Tanto el seguro Dental como el seguro de Salud cuentan con una carencia en algunas de sus coberturas. En el caso del primero, suele tener una carencia de hasta 30 días en varios de sus tratamientos y en el segundo, los tiempos de espera pueden extenderse hasta los 24 meses. No obstante, la carencia siempre la va a establecer la aseguradora, por lo que no suele ser la misma en todos los casos.Las garantías más sencillas como el servicio de podología, segunda opinión médica, análisis clínicos complejos o planificación familiar suelen tener una carencia de entre tres y seis meses desde la suscripción del contrato. Mientras que los servicios más complejos, como la ligadura de trompas o vasectomía y los trasplantes, van de los ocho meses a los 12 meses. Los casos que suelen necesitar más tiempo son la reproducción asistida o la cirugía bariátrica de la obesidad, que en pocos casos bajan el tiempo de carencia de los 24 meses.
Evitar la carencia que marca la aseguradora
La carencia que marca por contrato una compañía aseguradora en sus pólizas de salud sólo puede evitarse en casos muy concretos, uno de ellos es la urgencia de la operación o el tratamiento. La ley 50/1980 del Contrato de Seguro indica en el artículo 103 que en casos urgentes se debe prestar asistencia al paciente.
Por otro lado, si el asegurado ya tenía un seguro de salud con otra compañía antes de contratarlo con una segunda, la aseguradora podría respetarle el tiempo que llevaba en la primera. De este modo, podría eliminarle las carencias.
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